Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XXII

Los mecanismos e informes de supervisión del desempeño de las empresas concesionarias que participan en la gestión del agua;

Empresas concesionarias que participan en la gestión del agua
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Vigencia: 31 Marzo 2025
  • Validación: 03 Julio 2025
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social

No aplica.

De conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social carece de facultades para otorgar títulos y concesiones para la gestión del agua, en virtud, de que la instancia competente para ello, según el Artículo 31-Bis del mismo ordenamiento es la Secretaría de Gestión Integral del Agua (SEGIAGUA).

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.